La UE aprueba la legislación para reducir las emisiones contaminantes de la industria y la ganadería a gran escala

La Unión Europea ha puesto en marcha el pasado domingo, 4 de agosto, la legislación para reducir las emisiones contaminantes de la industria, incluida la minería, y las que generan la ganadería intensiva de aves y el sector porcino, si bien deja fuera de su cobertura la industria del vacuno.

Macrogranja

Los Estados miembros disponen ahora de un plazo de 22 meses para trasladar estas disposiciones a sus marcos legislativos estatales.

Esta normativa es el principal instrumento de la UE para regular la contaminación de instalaciones industriales y agroindustriales con sustancias como óxidos de nitrógeno, amoniaco, mercurio, metano y dióxido de carbono, que deberán obtener permisos de emisión de los países, siempre que cumplan con los requisitos exigidos.

El objetivo es que las emisiones de estos varios contaminantes atmosféricos «clave» se reduzca para 2050 en un 40% respecto a los niveles observados en 2020. Para lograrlo, los gobiernos de la UE y el Parlamento Europeo lograron un acuerdo para revisar esta normativa en noviembre del pasado año.

La directiva ajusta ciertos umbrales para la cría de animales, que abarca a las explotaciones intensivas con 300 cabezas para cerdos y 280 para aves de corral (300 si son gallinas ponedoras) y 350 animales para granjas mixtas, con normas que se aplicarán de manera progresiva a partir de 2030 y empezando con las granjas más grandes.

Excluidas las explotaciones de vacuno

Quedan excluidas las granjas extensivas y la cría de animales para uso doméstico, así como las explotaciones de vacuno, una decisión que generó críticas de organizaciones ecologistas como Greenpeace, que recordó que la cría de animales de granja es responsable del 54 % de las emisiones de metano, principalmente del vacuno.

Por el contrario, sí abarca “la extracción y tratamiento de minerales no energéticos producidos a escala industrial, como hierro, cobre, oro, níquel y platino” y abre la puerta a incluir otros minerales industriales si la Comisión Europea hace una propuesta en ese sentido.

Asimismo, insta a los Estados miembros a establecer “sanciones efectivas, proporcionadas y disuasivas para aquellos que infrinjan las medidas adoptadas para implementar la directiva”, multas que deben tener en cuenta la gravedad y duración de la infracción, si es recurrente y las personas y el medio ambiente afectados.

En el caso de las infracciones más graves, las sanciones deberán ser de “al menos el 3 % de la facturación anual del operador en la UE”.

Las capitales también tendrán que velar por que las personas tengan derecho a reclamar una compensación “cuando se haya producido un daño a su salud como resultado de una violación de las normas nacionales que transponen la directiva”.

Por último, el acuerdo entre instituciones comunitarias contempla una cláusula para que la Comisión revise y evalúe la implementación de la directiva cada cinco años, empezando en 2028.